Diputados aprueban Acuerdo sobre Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en el Pacífico Sur

Mediante esta Convención, se crea la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur. Asimismo, se crea un mecanismo que articula la cooperación entre Estados costeros y la organización regional de pesca, a través del cual deberán adoptarse las principales decisiones de conservación y ordenamiento. Prensa Antartica

Mediante esta Convención, se crea la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur. Asimismo, se crea un mecanismo que articula la cooperación entre Estados costeros y la organización regional de pesca, a través del cual deberán adoptarse las principales decisiones de conservación y ordenamiento.

Por 82 votos a favor, 3 en contra y 12 abstenciones, la Cámara aprobó la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, hecha en Auckland, el 14 de noviembre de 2009.

El instrumento internacional crea la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, que tendrá personalidad jurídica de derecho internacional y contará con una Comisión (órgano supremo en la cual participan todas las partes en igualdad de condiciones y en cuyo seno se adoptan las decisiones por consenso y con cuatro comités subsidiarios (Científico, Técnico y de Cumplimiento o quejas, Ordenamiento Subregional Este y Oeste y Finanzas y Administración).

Las obligaciones de los miembros, en lo que respecta a sus actividades de pesca, serán: implementar la Convención y las medidas de conservación y ordenamiento adoptadas por ésta, procurando garantizar su efectividad; cooperar en la promoción del objetivo de la Convención; establecer todas las medidas necesarias para apoyar los esfuerzos destinados a evitar, desincentivar y eliminar la pesca; y recopilar, verificar e informar los datos científicos, técnicos y estadísticos relativos a los recursos pesqueros y ecosistemas marinos en el Área de la Convención.

Dentro de las medidas a impulsar se encuentran: garantizar la sostenibilidad a largo plazo de los recursos pesqueros y promover el objetivo de su utilización responsable; evitar o eliminar la pesca y el esfuerzo excesivos a fin de garantizar que los niveles del esfuerzo de pesca no superen aquellos acordes con el uso sostenible de los recursos pesqueros; y mantener o restablecer las poblaciones de especies incidentales o aquellos en que su reproducción pudiera estar gravemente amenazada.

A la fecha, de 32 estados que han participado en las sesiones de la ORP sólo siete la han ratificado: Belice, Islas Cook, Cuba, Unión Europea, Islas Faroe, Nueva Zelanda y Australia. Para la entrada en vigencia se requiere, en una primera etapa, de ocho ratificaciones, debiendo ser tres estados pesqueros de aguas distantes (esta condición está cumplida con Belice, Cuba. la Unión Europea e Islas Faroe).

Si Chile u otro estado del Pacífico Sur-oriental ratifica la Convención, ésta entra en vigencia.

En todo caso, si a los tres años de su adopción (noviembre de 2009) no entra en vigencia con ocho ratificaciones con calificación (pertenecer a una zona específica), lo hará seis meses después de la décima ratificación, sin importar el origen de ellas.

El texto legal fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional. @prensaantartica

+ Información: CAMARA.CL

 

Obras Hidráulicas realiza consulta comunitaria en Puerto Williams

Actualmente Puerto Williams no cuenta con un servicio de tratamiento de aguas servidas y alcantarillado que permita una mejora en la calidad de vida de sus habitantes y el cuidado del medio ambiente

La consulta se realizó a la comunidad indígena de Cabo de Hornos, con el objetivo de informar, presentar y recibir observaciones y opiniones en relación al diseño del proyecto de instalación del sistema de tratamiento de aguas servidas y alcantarillado.

En cumplimiento con los tratados internacionales vigentes, el Ministerio de Obras Públicas a través de La Dirección de Obras Hidráulicas, llevó el primer taller de consulta indígena en Puerto Williams, con el objetivo de recibir opiniones y presentar el proyecto de diseño “Instalación sistema de tratamiento de aguas servidas y mejoramiento sistema de alcantarillado”.

La consulta y taller con la comunidad indígena de la capital Antártica, se enmarca en el sentido de que la región se encuentra declarada como Área de Desarrollo Indígena, según lo dispuesto en el artículo 26 de la ley Nº 19.253, el espacio territorial denominado “Cabo de Hornos”, que comprende la totalidad del territorio correspondiente a la comuna de Cabo de Hornos, Provincia Antártica Chilena, y cuyos límites coinciden con los de dicha comuna.

En este contexto, y de acuerdo a los tratados internacionales vigentes suscritos por Chile, como el convenio de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, se desarrolló la presente consulta.

El proyecto considera el mejoramiento del sistema de alcantarillado en Puerto Williams, mediante el reemplazo de aquellos tramos de alcantarillado que no se encuentran operando correctamente, y el diseño de redes en los sectores que carecen de este servicio sanitario.

Por otra parte, el estudio ya en desarrollo, contempla el diseño de un tratamiento primario y secundario de las aguas servidas que actualmente se vierten sin tratamiento previo a las aguas del canal Beagle, contaminando el sector y sus alrededores.

De esta manera, el proyecto en diseño forma parte de fundamental del mejoramiento de las condiciones básicas de vida de la población de Puerto Williams, y del desarrollo turístico local, considerando como necesario dar un tratamiento efectivo a las aguas servidas. @Prensaantartica.

+ Información: DOH.GOB.CL